Regularización de construcciones con Ley 30830
Con la ley 30830 puedes regularizar una edificación si construiste una ampliación en tu casa, hiciste una remodelación, demoliste una parte y nunca sacaste una licencia de edificación o la obtuviste pero construiste de forma diferente a los planos y por lo tanto nunca pudiste sacar una declaratoria de fabrica siempre y cuando las obras hayan sido terminadas antes del 31 de diciembre del 2016.
Esta nueva ley es una ampliación de la vigencia de la Ley N° 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común que permitía regularizar las construcciones ejecutadas antes del año 1999.
Solicita una cotizacion de Declaratoria de Fabrica por WhatsApp
Predios regularizados con la Ley 30830
Tenemos amplia experiencia en la gestión de declaratorias de fabrica e independizaciones por medio de la Ley N° 30830. Estos son algunos de los predios regularizados por nuestro equipo:
Casa de dos pisos en San Borja
Gestión realizada: Declaratoria de fabrica.
Vivienda unifamiliar, 2 pisos. Ubicación: San Borja, Lima.
Piso 1: 99.93 m2.
Piso 2: 101.84 m2
Total: 201.77 m2
Vivienda de 5 pisos en San Borja
Gestión realizada: Declaratoria de fabrica e independización.
Vivienda multifamiliar, 5 pisos. Ubicación: San Borja, Lima.
Piso 1: 99.52 m2.
Piso 2: 103.02 m2
Piso 3: 100.79 m2
Piso 4: 100.79 m2
Piso 5: 100.79 m2
Total: 504.91 m2
7 departamentos independizados y aires.
Casa multifamiliar de tres pisos en San Borja
Gestión realizada: Ampliación de declaratoria de fabrica e independización.
Vivienda multifamiliar, 3 pisos. Ubicación: San Borja, Lima.
Piso 1: 151.68 m2.
Piso 2: 151.68 m2
Piso 3: 39.13 m2
Total: 324.49 m2
4 departamentos independizados y aires
¿Que se puede regularizar con la Ley 30830?
Esta ley faculta a los propietarios de casas y edificaciones a realizar las siguientes acciones:
1.- Permite regularizar ampliaciones terminadas antes del 31 de diciembre del 2016. Si las ampliaciones no cumplen con lo indicado en Certificado de Parámetros del predio, como por ejemplo área libre, numero de pisos o numero de estacionamientos se inscriben estas observaciones como cargas.
2.- Se pueden regularizar construcciones nuevas construidas sin licencia de edificación. Al igual que en el primer punto si no se cumple con lo indicado en Certificado de Parámetros del predio estas observaciones se inscriben como cargas.
3.- Demoliciones realizadas en el predio también pueden regularizarse.
4.-Adicionalmente se pueden independizar las unidades inmobiliarias que existan en el predio siempre y cuando cumplan con las requisitos solicitados.
5.- Si la construcción ya tiene una regularización ya realizada por la Ley N° 27157 o por la Ley Orgánica de Municipalidades modificada la N° 28437, es decir si ya tienen un declaratoria de fabrica otorgada por la municipalidad en la que se ubica el predio y se han realizado modificaciones, ampliaciones o demoliciones en esa edificación también pueden regularizar con esta Ley.
¿Que tipo de construcciones se pueden regularizar con la Ley 30830?
Lo que dice la Ley es que se pueden regularizar las siguientes edificaciones:
1.- Viviendas unifamiliares y multifamiliares.
2.-Centros comerciales, mercados y locales comerciales
3.- No son regularizables edificaciones en las que resulte evidente la contravención a los elementos básicos de seguridad, lo cual ponga en riesgo la vida humana. Definir si una construcción no es segura quedara a criterio del verificador.
¿En que institución se realiza el procedimiento de regularización?
Se realiza en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos. Uno de los requisitos, el certificado de parámetros se obtiene en la municipalidad donde esta ubicado el predio.
¿Que documentos son entregados al finalizar a regularización?
Al finalizar el tramite se entrega la ficha registral de la Declaratoria de Fabrica en el caso que sea solo Declaratoria, y las fichas registrales de Declaratoria de Fabrica, fichas registrales de independización y la ficha registral del reglamento interno en caso el procedimiento incluya también la independización.
¿Cuales son los requisitos y el procedimiento para realizar el procedimiento de Declaratoria de Fabrica?
Estos son los requisitos y el procedimiento de regularización son los siguientes:
Requisitos de la Ley N° 30830 para Declaratoria de Fabrica
Los requisitos para realizar el proceso de declaratoria de fábrica son los siguientes:
1.- Ser propietario del predio, y por lo tanto contar con la ficha registral a tu nombre.
2.- Certificado de parámetros. Es un documento que los expide la municipalidad donde se ubica el predio e indica la cantidad de pisos, área libre, estaciomientos y otros parámetros exigidos por la zonificación del predio. Las construcciones que no contemplen estos parámetros se inscriben con las cargas respectivas.
3.- Plano de ubicación, de acuerdo al formato del ministerio de Vivienda. Este plano tiene que tener la firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
4.- Planos de arquitectura, solo plantas. Si existía una declaratoria fábrica previa inscrita en Sunarp se tiene que diferencia las ampliaciones con achurados. Si existe una declaratoria de fábrica expedida por la municipalidad donde se ubica el predio esta es obviada. Estos planos tiene que tener la firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
5.- Memoria descriptiva de la construcción con firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
6.- Formulario Registral FOR, expedido por ley por Registros Públicos. El formulario para declaratoria de fábrica es el Formulario N° 1. Este formulario tiene que tener la firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
7.- Informe técnico de verificación con firma legalizada del verificador registral.
8.- El pago de derechos respectivos en Sunarp.
Procedimiento de Declaratoria de Fabrica con la Ley N° 30830
El procedimiento para realizar una Declaratoria de fábrica en Sunarp con la Ley N° 27157 es el siguiente:
1.- Realizar el levantamiento arquitectónico de la construcción.
2.- Obtención del certificado de parámetros en la municipalidad respectiva.
3.- Armando de expediente de acuerdo a los requisitos de indicados párrafos arriba.
4.- Ingreso a Sunarp.
5.-Subsanacion de observaciones en caso existan. El seguimiento se puede realizar por la pagina web de Sunarp.
7.- Aprobación e inscripción de la Declaratoria de Fabrica por parte de Sunarp.
8.- El plazo para todo el trámite es de 3 meses. Si en este plazo no se levantan las observaciones que pueda formular Registros Públicos el expediente es tachado y se devuelve parte de los derechos pagados.
¿Cuales son los requisitos y el procedimiento para realizar el procedimiento de Declaratoria de Fabrica con independización?
Estos son los requisitos y el procedimiento de regularización con independización son los siguientes:
Requisitos de la Ley N° 30830 para Declaratoria de Fabrica, independización y reglamento interno.
Los requisitos para realizar el proceso de declaratoria de fábrica independización y reglamento interno son los siguientes:
1.- Ser propietario del predio, y por lo tanto contar con la ficha registral a tu nombre.
2.- Certificado de parámetros. Es un documento que los expide la municipalidad donde se ubica el predio e indica la cantidad de pisos, área libre, estaciomientos y otros parámetros exigidos por la zonificación del predio. Las construcciones que no contemplen estos parámetros se inscriben con las cargas respectivas.
3.- Plano de ubicación, de acuerdo al formato del ministerio de Vivienda. Este plano tiene que tener la firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
4.- Planos de arquitectura, solo plantas. Si existía una declaratoria fábrica previa inscrita en Sunarp se tiene que diferencia las ampliaciones con achurados. Si existe una declaratoria de fábrica expedida por la municipalidad donde se ubica el predio esta es obviada. Estos planos tiene que tener la firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
5.- Memoria descriptiva de la construcción con firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
6.- Formulario Registral FOR, expedido por ley por Registros Públicos. El formulario para declaratoria de fábrica, independización y reglamento interno es el Formulario N° 2. Este formulario tiene que tener la firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
7.- Informe técnico de verificación con firma legalizada del verificador registral.
8.-Memoria descriptiva de independización con firma legalizada del propietario o los propietarios el verificado registral.
9.- Reglamento interno con firma legalizada del propietario o los propietarios.
10.- El pago de derechos respectivos en Sunarp. El costo es variable dependiendo del número de unidades inmobiliarias que se quieren inscribir.
Procedimiento de Declaratoria de Fabrica, independización y reglamento interno con la Ley N° 30830
El procedimiento para realizar una Declaratoria de fábrica en Sunarp con la Ley N° 27157 es el siguiente:
1.- Realizar el levantamiento arquitectónico de la construcción.
2.- Obtención del certificado de parámetros en la municipalidad respectiva.
3.- Armando de expediente de acuerdo a los requisitos de indicados párrafos arriba.
4.- Ingreso a Sunarp.
5.-Subsanacion de observaciones en caso existan. El seguimiento se puede realizar por la página web de Sunarp.
7.- Aprobación e inscripción de la Declaratoria de Fabrica por parte de Sunarp.
8.- El plazo para todo el trámite es de 3 meses. Si en este plazo no se levantan las observaciones que pueda formular Registros Públicos el expediente es tachado y se devuelve parte de los derechos pagados.