Regularización con Ley 27157
Si construiste una ampliación en tu casa, hiciste una remodelación, demoliste una parte y nunca sacaste una licencia de edificación o la obtuviste pero construiste de forma diferente a los planos y por lo tanto nunca pudiste sacar una declaratoria de fabrica y todo esto te genero una serie de problemas técnicos, registrales y legales puedes solucionar este problema con la aplicación de la Ley N° 27157 que permite regularizar construcciones sin licencia y sin declaratoria de fabrica siempre y cuando hayan sido terminadas antes del 21 de julio de año 1999.

¿Que permite la Ley N° 27157?
La Ley N° 27157 de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común es un ley aprobada por Decreto Supremo N° 035-2006-VIVIENDA del año 2006 que permite el saneamiento legal de construcciones nuevas, ampliaciones o demoliciones que carezcan de licencia de edificación o no cuenten con declaratoria de fábrica realizadas antes del 21 de julio de año 1999.
Esta ley permite la regularización de todo tipo de edificaciones como casa, departamentos en edificios y quintas, casas en copropiedad y centros comerciales. Además permite la inscripción del reglamento interno en edificaciones que tenían varias unidades inmobiliarias.
Declaratorias de Fabrica con la Ley N° 27157 realizadas por Oniria Consultores
Estos son algunas las construcciones con declaratoria de fabrica obtenida con mediante la Ley N° 27157:
- Taller de tres pisos en Villa Maria del Triunfo
- Casa de playa en Playa Bonita en Asia, provincia de Cañete.
Requisitos de la Ley N° 27157 para Declaratoria de Fabrica
Los requisitos para realizar el proceso de declaratoria de fábrica son los siguientes:
1.- Ser propietario del predio, y por lo tanto contar con la ficha registral a tu nombre.
2.- Certificado de parámetros. Es un documento que los expide la municipalidad donde se ubica el predio e indica la cantidad de pisos, área libre, estacionamientos y otros parámetros exigidos por la zonificación del predio. Las construcciones que no contemplen estos parámetros se inscriben con las cargas respectivas.
3.- Plano de ubicación, de acuerdo al formato del ministerio de Vivienda. Este plano tiene que tener la firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
4.- Planos de arquitectura, solo plantas. Si existía una declaratoria fábrica previa inscrita en Sunarp se tiene que diferencia las ampliaciones con achurados. Si existe una declaratoria de fábrica expedida por la municipalidad donde se ubica el predio esta es obviada. Estos planos tiene que tener la firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
5.- Memoria descriptiva de la construcción con firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
6.- Formulario Registral FOR, expedido por ley por Registros Públicos. El formulario para declaratoria de fábrica es el Formulario N° 1. Este formulario tiene que tener la firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
7.- Informe técnico de verificación con firma legalizada del verificador registral.
8.- El pago de derechos respectivos en Sunarp.
Procedimiento de Declaratoria de Fabrica con la Ley N° 27157
El procedimiento para realizar una Declaratoria de fábrica en Sunarp con la Ley N° 27157 es el siguiente:
1.- Realizar el levantamiento arquitectónico de la construcción.
2.- Obtención del certificado de parámetros en la municipalidad respectiva.
3.- Armando de expediente de acuerdo a los requisitos de indicados párrafos arriba.
4.- Ingreso a Sunarp.
5.-Subsanacion de observaciones en caso existan. El seguimiento se puede realizar por la pagina web de Sunarp.
7.- Aprobación e inscripción de la Declaratoria de Fabrica por parte de Sunarp.
8.- El plazo para todo el trámite es de 3 meses. Si en este plazo no se levantan las observaciones que pueda formular Registros Públicos el expediente es tachado y se devuelve parte de los derechos pagados.
Requisitos de la Ley N° 27157 para Declaratoria de Fabrica, independización y reglamento interno.
Los requisitos para realizar el proceso de declaratoria de fábrica independización y reglamento interno son los siguientes:
1.- Ser propietario del predio, y por lo tanto contar con la ficha registral a tu nombre.
2.- Certificado de parámetros. Es un documento que los expide la municipalidad donde se ubica el predio e indica la cantidad de pisos, área libre, estaciomientos y otros parámetros exigidos por la zonificación del predio. Las construcciones que no contemplen estos parámetros se inscriben con las cargas respectivas.
3.- Plano de ubicación, de acuerdo al formato del ministerio de Vivienda. Este plano tiene que tener la firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
4.- Planos de arquitectura, solo plantas. Si existía una declaratoria fábrica previa inscrita en Sunarp se tiene que diferencia las ampliaciones con achurados. Si existe una declaratoria de fábrica expedida por la municipalidad donde se ubica el predio esta es obviada. Estos planos tiene que tener la firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
5.- Memoria descriptiva de la construcción con firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
6.- Formulario Registral FOR, expedido por ley por Registros Públicos. El formulario para declaratoria de fábrica, independización y reglamento interno es el Formulario N° 2. Este formulario tiene que tener la firma legalizada del propietario o los propietarios y el verificador registral.
7.- Informe técnico de verificación con firma legalizada del verificador registral.
8.-Memoria descriptiva de independización con firma legalizada del propietario o los propietarios el verificado registral.
9.- Reglamento interno con firma legalizada del propietario o los propietarios.
10.- El pago de derechos respectivos en Sunarp. El costo es variable dependiendo del número de unidades inmobiliarias que se quieren inscribir.
Procedimiento de Declaratoria de Fabrica, independización y reglamento interno con la Ley N° 27157
El procedimiento para realizar una Declaratoria de fábrica en Sunarp con la Ley N° 27157 es el siguiente:
1.- Realizar el levantamiento arquitectónico de la construcción.
2.- Obtención del certificado de parámetros en la municipalidad respectiva.
3.- Armando de expediente de acuerdo a los requisitos de indicados párrafos arriba.
4.- Ingreso a Sunarp.
5.-Subsanacion de observaciones en caso existan. El seguimiento se puede realizar por la página web de Sunarp.
7.- Aprobación e inscripción de la Declaratoria de Fabrica por parte de Sunarp.
8.- El plazo para todo el trámite es de 3 meses. Si en este plazo no se levantan las observaciones que pueda formular Registros Públicos el expediente es tachado y se devuelve parte de los derechos pagados.